Después de su aprobación en las instancias del Senado y la Cámara de Representantes hace aproximadamente dos meses, y estando cerca la fecha de los dos años desde que se firmó la paz con las Farc, la Corte Constitucional por fin dio este jueves aprobación al proyecto de ley de la Jurisdicción Especial para la Paz, negando además en su totalidad las propuestas hechas por el uribismo sobre múltiples temas que generaron tanta controversia.
La ley estatutaria de la administración de la JEP, la cual está compuesta por 162 artículos, fue sometida hace varias semanas a algunas propuestas de modificación planteadas por la bancada del Centro Democrático, situación que a muchos molestó pero que tuvieron que tenerse en consideración; no obstante, al final frente a la Corte Constitucional no tuvo efecto alguno. Así lo explicó el presidente de la Corte, magistrado Alejandro Linares Castillo:
Juicios a militares: este fue uno de los puntos más polémicos planteados por el uribismo, en el que pretendían la creación de una nueva sala solo para juzgar militares que hayan estado involucrados en crímenes del conflicto armado, inclusive el actual presidente Iván Duque pidió una sala con magistrados especiales para que los militares tuvieran un juzgamiento más adecuado y “único”. Todo esto fue tumbado por la Corte.
Participación política: otro de los temas polémicos que el uribismo atacó en su desacuerdo con el proceso de paz, fue la participación en política mientras se cumplen las sanciones establecidas en la JEP, lo que la Corte denegó en totalidad y anunciaron que se podrá cumplir las sanciones propias mientras se ejercen los cargos de elección popular.
Extradición: una de las propuestas del uribismo fue que la JEP no pudiera decretar pruebas ni hacer pronunciamientos de fondo en los temas de extradición, lo cual fue controvertido por la decisión de la Corte, donde se decidió mantener la prohibición de extraditar miembros de las Farc por los delitos que hayan cometido desde antes del primero de diciembre de 2016; sumado a esto, el órgano recordó que quienes tienen la decisiones sobre el tema de extradición, son la Corte Suprema de Justicia y el Gobierno.
Delitos sexuales: en cuanto a esta índole de delitos, la propuesta del uribismo fue que la sanciones fueran impuestas por la justicia ordinaria y no por la JEP, lo que fue totalmente denegado, decidiendo que conserve la facultad para imponer las penas en estos casos.
Inhabilidades a magistrados: sumado a todo lo anterior, la Corte Constitucional decidió eliminar las propuestas hechas para decretar inhabilidades a los magistrados de la JEP, recordando que el acto legislativo en donde se definieron dichas inhabilidades, no facultó en ningún momento ni al Senado ni a la Cámara para que añadan más, por lo que la propuesta de excluir como magistrados a quienes hayan llevado demandas contra el Estado o hayan sido abogados de derechos humanos, queda declarada inexequible. Fuente consultada: Noticias Caracol.
Uribe no es quien manda, es la Ley acatada por gente inmune a la corrupcion.
UNA BUENA NOTICIA , LO QUE ESTA ESCRITO ESTA, DEBERÍAN MAS BIEN TRABAJAR EN LA PARTE SOCIAL QUE ES LA QUE ESTA MAS DETERIORADA, QUE LE CUMPLAN A LAS VICTIMAS Y DEJAR DE AMENAZAR A LA COMUNIDAD CON IMPUESTOS Y QUE LE VAN A QUITAR LOS SUBSIDIOS, PREOCUPARSE MAS POR LOS PROBLEMAS AMBIENTALES QUE ESTÁN AFECTANDO A LA HUMANIDAD, BUSCAR OTRAS ALTERNATIVAS ENERGÉTICAS, CUIDAR LOS RIOS Y LOS PARAMOS, HUMEDALES , ETCÉTERA….