El Consejo de Estado ordenó al alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, a pagar una multa cercana a los 595 millones de pesos por haber retirado de su cargo a una funcionaria de la Secretaría de Hacienda de Bogotá, según el tribunal, desconociendo las normas que protegen los puestos de carrera.
Según el órgano judicial, Peñalosa en su primera administración omitió las normas que rigen la carrera administrativa encaminadas a que las personas que llegan a un puesto en el Estado con esta característica, no pueden ser retiradas del cargo, y efectuó el despido bajo el argumento de que llegaron allí por la figura del libre nombramiento y remoción.
La funcionaria había sido incorporada al personal del Distrito en el año de 1997 bajo el cargo de subdirectora de la Secretaría de Hacienda, pero en 1998 el entonces alcalde emitió una resolución donde declaraba su puesto insubsistente.
Pero mediante una demanda instaurada ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el año 2000, este despacho declaró nula la resolución de Peñalosa y le ordenó, de manera inmediata, el reintegro de la funcionaria al cargo del cual fue retirada.
Del mismo modo ordenó al distrito que pagara a la funcionaria los salarios dejados de percibir, al igual que las prestaciones sociales correspondientes. Esta decisión fue reiterada en el 2003 y confirmada por la misma corporación.
La multa impuesta al alcalde obedece a los dineros que dejó de percibir la funcionaria y que a la fecha no han sido cancelados.
“Se incurrió en franca violación por cuando al ser la actora una empleada inscrita en carrera administrativa legalmente no podía ser retirada del servicio mediante el ejercicio de la facultad discrecional de libre nombramiento y remoción declarando insubsistente su nombramiento del cargo que desempeñaba, pues en tratándose de empleados de carrera, existe en la ley un procedimiento especial previsto para el retiro de los mismos”, puntualizó el alto tribunal en el fallo que ordena a Peñalosa el pago de la multa impuesta. Fuente consultada: RcnRadio.
Los funcionarios adcritos a carrera adminsitrativa si pueden ser despedidos del cargo si se comprueba, mediante investigación administartiva, que se cometió un acto que amerite su destitución…
La multa la paga el Distrito Capital, y cuando ya se haya cancelado en su totalidad, la administración interpondrá la respectiva Acción de Repetición contra este funcionario.